1-Reglamento de Participación Ciudadana.
2-Reglamento de uso y funcionamiento del parking público.
3-Reglamento del régimen de uso y funcionamiento del Centro de Día.
4-Modificación del Reglamento Orgánico Municipal.
5-Modificación del Reglamento de Régimen Interior del Mercado Municipal de Abastos de Santa Cruz de la Palma.
6-Ordenanza reguladora del diseño y colocación de rótulos y elementos publicitarios en el Conjunto Histórico de Santa Cruz de la Palma.
7-Ordenanza reguladora del compostaje doméstico y comunitario.
8-Ordenanza reguladora del Precio Público de Aparcamientos.
9-Ordenanza reguladora del Precio Público Centro de Día.
10-Ordenanza reguladora del Precio Público de espacio público.
11-Ordenanza reguladora del uso de Inmuebles de propiedad municipal.
12-Modificación de las vigentes Ordenanzas Fiscales.
13-Modificación Ordenanza Municipal sobre Tenencia de Animales.
14-Modificación Ordenanza Reguladora del servicio de Auto taxis de Santa Cruz de la Palma.
15-Modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora de las vías de establecimiento limitado y de prohibición de estacionamiento de los vehículos destinados a su venta o alquiler.
16-Modificación de la Ordenanza General Reguladora de las subvenciones para Finalidades Culturales, Turísticas, Deportivas, Docentes, Juveniles, Sanitarias, Medio Ambiente, de Cooperación, Participación Vecinal, Consumo, Servicios Sociales y otras.
17-Ordenanza reguladora de las bases relativas a concursos y premios.
18-Modificación del Reglamento Municipal del Registro de Asociaciones de Santa Cruz de la Palma.
19-Modificación de la Ordenanza Municipal para Convivencia ciudadana y la prevención de actuaciones antisociales.
20-Modificación de la Ordenanza del uso de locales Municipales.
21-Ordenanza Centro de Ocio Municipal.
22-Ordenanza General de uso y disfrute del Pabellón Roberto Rodríguez Estrello.
23-Ordenanza Municipal de Ruidos.
24-Ordenanza Municipal Reguladora del uso y disfrute de los espacios públicos.
25-Modificación de la Ordenanza reguladora del Precio Público por la prestación de servicios educativos en las Escuelas de 1er Ciclo de Educación Infantil.
26-Modificación de la Ordenanza reguladora de la prestación de los servicios educativos en la Escuela de 1er Ciclo de Educación Infantil en Santa Cruz de La Palma.
27-Bases Generales que regirán las convocatorias de los procesos selectivos que tramite el Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma.
28-Reglamento de la Mesa General de Negociación.
1-Reglamento de Participación Ciudadana.
2-Reglamento de uso y funcionamiento del parking público.
3-Reglamento del régimen de uso y funcionamiento del Centro de Día.
4-Modificación del Reglamento Orgánico Municipal.
5-Modificación del Reglamento de Régimen Interior del Mercado Municipal de Abastos de Santa Cruz de la Palma.
6-Ordenanza reguladora del diseño y colocación de rótulos y elementos publicitarios en el Conjunto Histórico de Santa Cruz de la Palma.
7-Ordenanza reguladora del compostaje doméstico y comunitario.
8-Ordenanza reguladora del Precio Público de Aparcamientos.
9-Ordenanza reguladora del Precio Público Centro de Día.
10-Ordenanza reguladora del Precio Público de espacio público.
11-Ordenanza reguladora del uso de Inmuebles de propiedad municipal.
12-Modificación de las vigentes Ordenanzas Fiscales.
13-Modificación Ordenanza Municipal sobre Tenencia de Animales.
14-Modificación Ordenanza Reguladora del servicio de Auto taxis de Santa Cruz de la Palma.
15-Modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora de las vías de establecimiento limitado y de prohibición de estacionamiento de los vehículos destinados a su venta o alquiler.
16-Modificación de la Ordenanza General Reguladora de las subvenciones para Finalidades Culturales, Turísticas, Deportivas, Docentes, Juveniles, Sanitarias, Medio Ambiente, de Cooperación, Participación Vecinal, Consumo, Servicios Sociales y otras.
17-Ordenanza reguladora de las bases relativas a concursos y premios.
18-Modificación del Reglamento Municipal del Registro de Asociaciones de Santa Cruz de la Palma.
19-Modificación de la Ordenanza Municipal para Convivencia ciudadana y la prevención de actuaciones antisociales.
20-Modificación de la Ordenanza del uso de locales Municipales.
21-Ordenanza Centro de Ocio Municipal.
22-Ordenanza General de uso y disfrute del Pabellón Roberto Rodríguez Estrello.
23-Ordenanza Municipal de Ruidos.
24-Ordenanza Municipal Reguladora del uso y disfrute de los espacios públicos.
25-Modificación de la Ordenanza reguladora del Precio Público por la prestación de servicios educativos en las Escuelas de 1er Ciclo de Educación Infantil.
26-Modificación de la Ordenanza reguladora de la prestación de los servicios educativos en la Escuela de 1er Ciclo de Educación Infantil en Santa Cruz de La Palma.
27-Bases Generales que regirán las convocatorias de los procesos selectivos que tramite el Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma.
28-Reglamento de la Mesa General de Negociación.
29-Bases Generales reguladoras del procedimiento de concesión de ayudas económicas de Emergencia Social del Plan Concertado del Municipio de Santa Cruz de La Palma.
30-Modificación de la Ordenanza reguladora de la concesión de prestaciones sociales económicas del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma.
31-Modificación de la Ordenanza reguladora de vías de Estacionamiento Limitado y de prohibición de estacionamiento de los vehículos destinados a su venta o alquiler.
PLAN NORMATIVO 2023:
1-Reglamento de Participación Ciudadana.
2-2Reglamento de uso y funcionamiento del parking público.
3-Reglamento del régimen de uso y funcionamiento del Centro de Día.
4-Modificación del Reglamento Orgánico Municipal.
5-Modificación del Reglamento del Uso de Huertos Urbanos de "El Velachero".
6-Modificación del Reglamento de Régimen Interior del Mercado Municipal de Abastos de Santa Cruz de la Palma.
7-Ordenanza reguladora del diseño y colocación de rótulos y elementos publicitarios en el Conjunto Histórico de Santa Cruz de la Palma.
8-Ordenanza reguladora del compostaje doméstico y comunitario.
9-Ordenanza reguladora del Precio Público de Aparcamientos.
10-Ordenanza reguladora del Precio Público Centro de Día.
11-Ordenanza reguladora del Precio Público de espacio público.
12-Ordenanza reguladora del uso de Inmuebles de propiedad municipal.
13-Modificación de las vigentes Ordenanzas Fiscales.
14-Modificación Ordenanza Municipal sobre Tenencia de Animales.
15-Modificación Ordenanza Reguladora del servicio de Auto taxis de Santa Cruz de la Palma.
16-Modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora de las vías de establecimiento limitado y de prohibición de estacionamiento de los vehículos destinados a su venta o alquiler.
17-Modificación de la Ordenanza General Reguladora de las subvenciones para Finalidades Culturales, Turísticas, Deportivas, Docentes, Juveniles, Sanitarias, Medio Ambiente, de Cooperación, Participación Vecinal, Consumo, Servicios Sociales y otras.
18-Ordenanza reguladora de las bases relativas a concursos y premios.
19-Modificación del Reglamento Municipal del Registro de Asociaciones de Santa Cruz de la Palma.
20-Modificación de la Ordenanza Municipal para Convivencia ciudadana y la prevención de actuaciones antisociales.
21-Modificación de la Ordenanza del uso de locales Municipales.
22-Ordenanza Centro de Ocio Municipal.
23-Ordenanza General de uso y disfrute del Pabellón Roberto Rodríguez Estrello.
24-Ordenanza Municipal de Ruidos.
25-Ordenanza Municipal reguladora del uso y disfrute de los espacios públicos.
26-Ordenanza Municipal reguladora de los Huertos Urbabnos de Santa Cruz de La Palma
27-Plan General de Ordenación de Santa Cruz de La Palma.
28-Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico Artístico (PEDCHA).
PLAN NORMATIVO 2022:
1-Reglamento de Participación ciudadana.
2-Reglamento de uso y funcionamiento del parking público.
3-Reglamento del régimen de uso y funcionamiento del Centro de Día.
4-Modificación del Reglamento Orgánico Municipal.
5-Modificación del Reglamento de Honores y Distinciones.
6-Modificación del Reglamento del Uso de los huertos urbanos de “El Velachero”.
7-Modificación del Reglamento de Régimen Interior del Mercado Municipal de Abastos de Santa Cruz de La Palma.
8-Ordenanza reguladora del diseño y colocación de rótulos y elementos publicitarios en el Conjunto Histórico de Santa Cruz de La Palma.
9-Ordenanza reguladora del uso y disfrute de la Playa Urbana.
10-Ordenanza Municipal reguladora del compostaje doméstico y comunitario.
11-Ordenanza reguladora del Precio Público de Aparcamientos.
12-Ordenanza reguladora del Precio Público Centro de Día.
13-Ordenanza reguladora del Precio Público por el uso del ascensor urbano “La Luz”
14-Ordenanza reguladora del Precio Público de espacio público.
15-Ordenanza reguladora de la ocupación e instalación de Kioscos en la vía pública.
16-Ordenanza reguladora del uso de inmuebles de propiedad municipal.
17-Ordenanza reguladora de Actuaciones Artísticas en la vía pública.
18-Modificación de las vigentes Ordenanzas fiscales.
19-Modificación de la Ordenanza reguladora de las condiciones estéticas del mobiliario y toldos de bares-terrazas en la vía o vuelos públicos dentro del Conjunto Histórico-Artístico, en sus áreas de influencia y en lugares de especial relevancia.
20-Modificación Ordenanza Municipal sobre tenencia de animales.
21-Modificación Ordenanza Reguladora del servicio de Autotaxis de Santa Cruz de La Palma.
22-Modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora de vías de establecimiento limitado y de prohibición de estacionamiento de los vehículos destinados a su venta o alquiler.
23-Modificación de la Ordenanza General Reguladora de las subvenciones para Finalidades Culturales, Turísticas, Deportivas, Docentes, Juveniles, Sanitarias, Medio Ambiente, de Cooperación, Participación Vecinal, Consumo, Servicios Sociales y otras.
24-Modificación del Reglamento Municipal del Registro de Asociaciones de Santa Cruz de la Palma.
25-Modificación de la Ordenanza Municipal para la Convivencia ciudadana y la prevención de actuaciones antisociales.
26-Modificación de la Ordenanza del uso de locales municipales.
PLAN NORMATIVO 2021:
1) Ordenanza reguladora del precio público por la prestación de servicios educativos en la Escuela de Primer Ciclo de Educación Infantil.
2) Ordenanza reguladora de la prestación de los servicios educativos en la Escuela de Primer Ciclo de Educación Infantil.
3) Reglamento de funcionamiento del ascensor panorámico en la entrada Sur de la Ciudad;
4) Ordenanza reguladora del precio público por la prestación de servicios del ascensor panorámico en la entrada Sur de la Ciudad.
5)Modificación de la Ordenanza Fiscal nº 30, reguladora del Impuesto del Incremento sobre el Valor de los Terrenos de naturaleza Urbana, motivada en el estudio y posible establecimiento de bonificaciones.
6)Modificación de la Ordenanza Fiscal nº 28, reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles, revisando la Base Imponible, el Tipo de gravamen y establecimiento o revisión de las bonificaciones, así como el estudio de las valoraciones catastrales.
7)Modificación de la Ordenanza Fiscal General, de acuerdo con el siguiente informe de Tesorería:
“JUSTIFICACIÓN Y PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA VIGENTE ORDENANZA FISCAL GENERAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE LA PALMA QUE AFECTA A LOS ARTÍCULOS QUE SE DIRÁN DEL CAPÍTULO VI, DE LA DEUDA TRIBUTARIA, SECCIÓN 12, DEL PAGO, SUBSECCIONES 12 Y 22.
PRIMERA. Del artículo 29. Legitimación, lugar de pago y forma de pago.
1 (••)
2. El pago de las deudas podrá realizarse en las cajas de los órganos competentes, en las entidades que, en su caso, presten el servicio de caja y entidades colaboradoras, directamente o por vía telemática, cuando así esté establecido por el órgano municipal competente.
3.
4. (..)
Si bien, el artículo 197.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales dispone que las entidades locales podrán autorizar la existencia de cajas en efectivo, para los fondos de las operaciones diarias, las cuales estarán sujetas a las limitaciones que reglamentariamente se establezcan, el mantenimiento de las mismas es potestativo y existe una tendencia a su eliminación, porque tiene el nivel de riesgo que conlleva el manejo físico de dinero y exige incrementar las medidas de control.
De ahí, que la fórmula sea el de los convenios de recaudación mediante entidades bancarias y dado que se ha suscrito el propio con la entidad bancaria Caixabank, SA, se propone minimizar los cobros en efectivo que realiza el órgano de Recaudación a aquellos de importes reducidos, como son los de las tasas por expedición de documentos (sometiendo a consideración la supresión del importe de 0,65 euros por expedición de duplicados), en los que la práctica de la liquidación tributaria misma y la emisión del Cuaderno CSB60 supone más coste que el recaudado.
SEGUNDA. Del artículo 30. Medios y momento del pago en efectivo.
1. El pago de las deudas y sanciones tributarias que deba realizarse en efectivo se podrá hacer siempre en dinero de curso legal.
Asimismo se podrá realizar por alguno de los siguientes medios, con los requisitos y condiciones que para cada uno de ellos se establecen en la presente ordenanza y siguiendo los procedimientos que se dispongan en cada caso:
a) Cheque.
b) Tarjeta de crédito y débito.
c) Transferencia bancaria.
d) Domiciliación bancaria.
e) Giro postal.
f) Cualesquiera otros que se autoricen por el órgano municipal competente.
Será admisible el pago por los medios a los que se refieren las letras b), c), d) y e) en aquellos casos en los que así se establezca.
2. (...)
3. (—)
4. (...)
En este sentido, la regulación de los medios de pago se adapta a la realidad normativa que resulta de los preceptos siguientes:
- El artículo 98.2.a) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, según el cual «Cuando de una resolución administrativa, o de cualquier otra forma de finalización del procedimiento administrativo prevista en esta ley, nazca una obligación de pago derivada de una sanción pecuniaria, multa o cualquier otro derecho que haya de abonarse a la Hacienda pública, éste se efectuará preferentemente, salvo que se justifique la imposibilidad de hacerlo, utilizando alguno de los medios electrónicos siguientes: a) Tarjeta de crédito y débito. b) Transferencia bancaria. c) Domiciliación bancaria. d) Cualesquiera otros que se autoricen por el órgano competente en materia de Hacienda Pública.»
-El artículo 60.1 de la ley 58/2003 17 de diciembre, General Tributaria, que dispone en su párrafo segundo: «la normativa tributaria regulará los requisitos y condiciones para que el pago pueda efectuarse utilizando técnicas y medios electrónicos, informáticos o telemáticos.»
- El artículo 36 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, que establece, en sus párrafos primero y cuarto que: «1. Será admisible el pago mediante tarjetas de crédito y débito ante las entidades de crédito que, en su caso, presten el servicio de caja, siempre que la tarjeta a utilizar se encuentre incluido entre las que, a tal fin, sean admitidas en cada momento por dichas entidades.»; «4. La Administración establecerá, en su caso, las condiciones para utilizar este medio de pago por vía telemática.»
Por lo tanto, a los efectos de dar cumplimiento a la normativa descrita y posibilitar que los administrados puedan satisfacer en la forma expuesta las deudas tributarias y demás obligaciones de pago tanto de derecho público como privado es necesario habilitar los medios necesarios para que los ciudadanos puedan satisfacer dichas deudas mediante tarjetas de débito o crédito en terminales punto de venta tanto físicos como virtuales o electrónicos. Los dispositivos los pueden tener las entidades financieras que la entidad local haya designado como colaboradoras en la recaudación, admitiendo en su propia oficina el pago mediante esos medios, o podrán ser instalados en la propia entidad local.
Cabe, incluso, la contratación de TPV virtual, al que se podría acceder on-line, sin necesidad de desplazarse a la oficina bancaria o al ente local.
TERCERA. Del artículo 39 y 40, relativos a las garantías y tramitación de los aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas tributarias y demás de Derecho Público.
Artículo 39, párrafo 5: "No se exigirá garantía cuando el solicitante sea una Administración pública o el importe de la deuda, cuyo aplazamiento o fraccionamiento se solicita, sea inferior a 3.000 euros, sin perjuicio de que el deudor demuestre que puede cumplir el aplazamiento o fraccionamiento solicitado mediante la presentación de la documentación especificada en el apartado cuatro de este artículo que le requiera la Administración o presentando un plan de viabilidad."
Artículo 40, párrafo 1:"El órgano competente para resolver las solicitudes de aplazamiento y fraccionamientos es la Junta de Gobierno Local , cuando su importe sea igual o superior a 3.000 Euros, en los demás casos, será por resolución de la Alcaldía. La resolución que se dicte deberá estar motivada debiendo constar en el procedimiento informe de Tesorería del que se desprenda que el fraccionamiento o aplazamiento no produce alteración sustancial en la situación económica general del Ayuntamiento. En el supuesto de que la deuda estuviera garantizada, se emitirá informe por la Intervención de Fondos relativa a la suficiencia de la correspondiente garantía".
Puede concluirse que la Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 30.000 euros, no es aplicable a las entidades locales porque su artículo 1 dispone que será de aplicación a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas de derecho público gestionadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por los órganos u organismos de la Hacienda Pública Estatal, pero si se puede aplicar la disposición adicional segunda del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, que dispone que, en virtud de lo establecido en el artículo 82.2.a) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se habilita al Ministro de Economía y Hacienda para establecer la cuantía por debajo de la cual no se exigirán garantías con motivo de la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento del pago de las deudas tributarias, así como las condiciones para la dispensa total o parcial de garantías.
Luego, a saber, hasta que el Ministro de Economía y Hacienda haga uso de tal habilitación para las deudas tributarias y de la prevista en artículo 13.1.a) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para los restantes recursos de naturaleza pública, quedan dispensadas de la obligación de aportar garantía con motivo de la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento las deudas que en su conjunto no excedan de 6.000 euros.
A efectos de la determinación de dicha cuantía, se acumularán en el momento de la solicitud tanto las deudas a que se refiere la propia solicitud como cualquier otra del mismo deudor para las que se haya solicitado y no resuelto el aplazamiento o fraccionamiento, así como el importe de los vencimientos pendientes de ingreso de las deudas aplazadas o fraccionadas, salvo que estén debidamente garantizadas.
Por otra parte, el número de solicitudes de fraccionamientos de pago y, consiguientemente, de procedimientos a tramitar y resolver, lleva a proponer la modificación siguiente.
CUARTA. De la inclusión del articulado para la regulación del "Plan personalizado de pago" , "Plan Especial de Pagos" o "Pago a la carta", en tanto sistema especial de pago de recibos que permite realizar ingresos periódicos a cuenta de la deuda anual estimada correspondiente a los recibos de cobro periódico y notificación colectiva, con los requisitos y condiciones que se establezcan y que, al menos, deben ser los que siguen y significando que no conlleva liquidación de intereses de demora.
- No mantener ningún tipo de deuda en vía ejecutiva, salvo que tuviera concedido su fraccionamiento, aplazamiento o suspensión del procedimiento y se esté cumpliendo en los términos de la concesión.
- El importe de las cuotas mensuales resultantes de la aplicación del Plan Especial de Pagos no podrá ser inferior a la cantidad que se determine.
- Las solicitudes se presentarán en el mes que se determine y puede tener carácter indefinido salvo renuncia expresa.
- Se podrá determinar que los pagos de los tributos afectados se realicen en un número de cuotas mensuales, comenzando y terminando en el mismo ejercicio, de modo que desde la primera a la penúltima sean cuotas idénticas en su importe y la última se determinará por el resultado de la diferencia entre lo pagado y lo que reste por pagar y debiéndose efectuar el pago obligatoriamente mediante domiciliación en cuenta en la entidad de depósito que designe el contribuyente”.
8) Asimismo, incluir en dicho Plan Normativo la O.F. nº 6 Reguladora de la Tasa por prestación del Servicio de Recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos, según propuesta formulada y aceptada por este Pleno.
PLAN NORMATIVO 2017:
Plan Normativo 2017, aprobado por el Pleno en sesión ordinaria de fecha 10 de julio de 2017, cuyas iniciativas reglamentarias serán elevadas para su aprobación en 2018, siendo su contenido el siguiente:
-Ordenanza Municipal reguladora de la ocupación de la vía pública y otros espacios abiertos al público.
-Ordenanza Municipal reguladora del Mercadillo-Rastro.
-Ordenanza Municipal reguladora del servicio municipal del Mercado de Abastos minorista de Santa Cruz de La Palma.
-Reglamento de Participación Ciudadana.
-Reglamento de uso de locales municipales.
MODIFICACIÓN PLAN NORMATIVO 2017:
Modificación del Plan Normativo 2017, aprobado por el Pleno en sesión ordinaria de fecha 13 de noviembre de 2017, cuyas iniciativas reglamentarias serán elevadas para su aprobación en 2018, siendo su contenido el siguiente:
- Ordenanza Municipal reguladora de la ocupación de la vía pública y otros espacios abiertos al público.
-Ordenanza Municipal reguladora del Mercadillo-Rastro.
-Ordenanza Municipal reguladora del servicio municipal del Mercado de Abastos minorista de Santa Cruz de La Palma.
-Reglamento de Participación Ciudadana.
-Reglamento de Uso de locales municipales.
-Modificación de la Ordenanza Fiscal nº 6, reguladora de la Tasa por prestación del servicio de recogida domiciliaria de basuras y residuos sólidos urbanos, en lo que respecta al vigente Anexo VII, nº 36: “Inmuebles a más de 200 metros”.
-Modificación de la Ordenanza Fiscal nº 17, artículo 2, reguladora de la Tasa por ocupación del subsuelo, suelo y vuelo de terrenos de uso público local, artículo 2, relativo al hecho imponible incluyendo además los rodajes audiovisuales.
-Modificación de la Ordenanza Fiscal nº 18, reguladora de la Tasa por instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo, situados en terrenos de uso público local, así como industrias callejeras y ambulantes, artículo 6, estableciendo nueva zona de emplazamientos para el ejercicio de la venta ambulante; y, epígrafe I.V.B. Carnaval, en relación con las cuotas a pagar durante las fiestas y Día de Los Indianos, distinguiendo además entre la instalación de barras dentro de la delimitación de la declaración de zona turística, con límite en la plaza José Mata que también se incluye.